Accidente in itinere para autónomos.
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Desde Infodret gestoría de Barcelona, queremos informar que una de las medidas que posiblemente se aprobaran y afectaran de forma positiva a los autónomos, será el reconocimiento de las coberturas por accidentes in itinere.
Actualmente el accidente de trabajo in itinere que sufre un autónomo, no se contempla en la ordenación actual de sus relaciones con la Seguridad Social, pues de hecho quedó excluido de la norma que regula el accidente de trabajo para este colectivo, en el Real Decreto 1273/2003.
Esta exclusión según el legislador no hay que buscarla no por una intención de dar menos cobertura social a los trabajadores por cuenta propia, o en una hipotética discriminación, sino porque el trabajador por cuenta ajena se ve obligado en su actividad laboral a cumplir con lo dispuesto por la dirección de la empresa en la que desempeña su actividad, como dispone el artículo 20 de Real Decreto Legislativo 1/1995, del Estatuto de los Trabajadores.
Pero gracias a estas nuevas medidas, esta norma seguramente cambiara y se instaurara la protección de la Seguridad Social para el autónomo que tenga un accidente in itinere, es decir, los que se produzcan en los desplazamientos al trabajo. Con esta medida se da un paso adelante en la equiparación de los derechos de los trabajadores por cuenta propia con los del Régimen General.
Si tiene alguna consulta legal, póngase en contacto con nosotros en infodret@infodret.cat
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