El coste de la contratación de trabajadores
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La contratación de un trabajador es una de las decisiones más trascendentales a las que debe enfrentarse un autónomo o pequeño empresario. Contratar supone un cambio importante ya que comporta obligaciones ineludibles y la asunción de responsabilidades y costes fijos. Por tanto se trata de una decisión que ha de ser meditada y tomada conociendo todo lo que comporta.
La principal razón por la que los autónomos deciden incorporar trabajadores suele tener relación con un aumento del volumen de trabajo en el negocio. El primer análisis que debe hacerse es por cuánto tiempo será necesaria la ayuda de un nuevo trabajador. En función del resultado de este análisis se determinará si el contrato debe ser indefinido (cuando el aumento del volumen de trabajo está consolidado y es estable) o si debe ser eventual en función de las circunstancias de la producción (si se trata de un aumento de trabajo meramente coyuntural). De igual modo debemos preguntarnos si necesitamos al trabajador a tiempo completo o solamente una parte de la jornada laboral. Las respuestas a estas dos preguntas (cuánto tiempo necesito ayuda y cuantas horas al día) son las más determinantes para decidir el tipo de contrato a realizar.
Para saber que coste tendremos que asumir al contratar no nos podemos fijar solamente en el salario que estipule el Convenio Colectivo de aplicación al sector en el que se desarrolla la actividad empresarial, por la categoría profesional del puesto de trabajo a cubrir. El trabajador tiene que estar dado de alta obligatoriamente en el régimen general de la Seguridad Social, hecho que comporta que el empresario tiene la obligación de abonar mensualmente la cuota patronal a la seguridad social que resulte de aplicar determinados porcentajes sobre la base de cotización del trabajador. También tendremos que ingresar a la seguridad social las cotizaciones propias que debe satisfacer el trabajador (cuota obrera), pero estas cotizaciones no suponen un sobrecoste para el empresario ya que forman parte del salario bruto del trabajador, que es el obligado tributario en este caso.
Por tanto, a la hora de calcular el coste de una contratación, no sólo tendremos que tener en cuenta el salario estipulado en el Convenio Colectivo de aplicación si no también el montante de la cuota patronal, que supone un sobrecoste de entre un 30% y un 42% (en función de si hay o no horas extraordinarias).
Contingencia Cuota Patronal Cuota Obrera Total
Contingencias comunes 23.60% 4.70% 28.30%
Desempleo 5.50% 1.55% 7.05%
FOGASA 0.2% 0% 0.2%
Formación profesional 0.60% 0.10% 0.70%
Horas Extras 12.00% 2.00% 14.00%
TOTAL 41.90% 8.35% 50.25%
Por tanto debemos tener en cuenta que, de cada salario, el estado se lleva un 50% en cotizaciones, la mayor parte de las cuales son abonadas por las empresas, hecho que supone un sobrecoste que se ha de tener claro a la hora de decidir si tenemos capacidad económica suficiente para contratar trabajadores.
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