El Gobierno elimina la dedución por alquiler de vivienda.
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La nueva reforma fiscal aprobada por el gobierno, aporta modificaciones significativas en las desgravaciones por viviendas de alquiler que disfrutaban anteriormente los inquilinos y propietarios.
La Ley 26/2014 modifica la Disposición Transitoria Decimoquinta estableciendo un régimen transitorio según el cual, pueden aplicar la deducción por alquiler de vivienda en los términos actuales los contribuyentes que hubieran celebrado un contrato de arrendamiento con anterioridad al 1 de enero de 2015 por el que hubieran satisfecho, también con anterioridad a dicha fecha, cantidades por el alquiler de su vivienda habitual,
Debido a esta modificación, se elimina la deducción por alquiler de vivienda con carácter general para aquellos contratos de arrendamiento que se firmen a partir del 1 de enero de 2015. Esta deducción la disfrutan en la actualidad los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales, pudiendo deducirse el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual.
Sin embargo, algunas comunidades siguen manteniendo la deducción por alquiler en el tramo autonómico
Por ejemplo en Cataluña, los menores de 32 y los mayores de 65 años también pueden deducirse el 10% del alquiler con un máximo de 300 euros en un año, que aumenta a 600 euros en el caso de familia numerosa. También pueden beneficiarse de esta deducción quienes con independencia de la edad hayan estado en paro durante 183 días o más durante el ejercicio, tengan un grado de discapacidad igual o superior al 65%, sean viudos.
Eso si la base imponible no puede ser superior a los 20.000 euros anuales y las cantidades satisfechas en concepto de alquiler han de exceder el 10% de los rendimientos netos del sujeto pasivo.
Respecto a cómo afecta a los propietarios de las viviendas de alquiler, el Gobierno ha igualado la reducción por alquiler a todos los propietarios. Si antes, el propietario de una vivienda en alquiler tenía una reducción del 100% de las rentas generadas si el inquilino tenía menos de 30 años, reducción que se reducía al 60% si tenía más. Ahora, con la nueva reforma fiscal, la exención será igual para todos, independientemente de la edad del arrendatario: un 60% para los contratos firmados a partir del 1 de enero de 2015.
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