El Tribunal Constitucional anula las tasas judiciales a las empresas.
Compartir el post "El Tribunal Constitucional anula las tasas judiciales a las empresas."
El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucionales las tasas judiciales que implantó en 2012 el Gobierno por idea del entonces ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. Cuatro años después de la instauración de estos gravámenes, el alto tribunal acoge parcialmente un recurso del PSOE y falla que las tasas que persistían, para las personas jurídicas —empresas, ONG, partidos políticos— impiden por su elevada cuantía —hasta 1.200 euros— el acceso de estas a la Justicia.
En concreto el TC anula los incisos del artículo 7.1 de la ley que prevé las cuotas fijas de 200 euros para interponer el recurso contencioso-administrativo abreviado y la de 350 euros para interponer el recurso contencioso-administrativo ordinario. Declara nula también la cuota de 800 euros para promover recurso de apelación, la de 1.200 euros para los recursos de casación y extraordinario por infracción procesal en el orden civil y las tasas para el recurso de suplicación (500 euros) y el de casación, en cualquiera de sus modalidades (750 euros).
El tribunal tumba también el artículo 7.2 que impone una cuota variable cuya cuantía será la que resulte de aplicar al valor económico del litigio el tipo de gravamen que corresponda.
La sentencia afirma, que la financiación mixta de la justicia no puede traer consigo el sacrificio de un derecho fundamental” y, por otro, que la cuantía de las tasas para recurrir resoluciones judiciales “no atiende a la realidad económica de una mayoría significativa de sus destinatarios, las cuáles resulta excesiva ” por lo que concluye que, dichos gravámenes, vulneran el derecho protegido por el artículo 24,1 de la Constitución al poder disuadir la de interposición de recurso.
Para más información póngase en contacto con nosotros en infodret@infodret.cat.
Dejar un comentario
¿Quieres unirte a la conversación?Siéntete libre de contribuir