Servicio de gestoría

Nuevas medidas promoción del trabajo autónomo (anteproyecto).

Desde Infodret le explicamos el anteproyecto de ley de fomento y promoción del trabajo autónomo que ha realizado el gobierno español.

Los puntos que recoge este anteproyecto, son:

1. Fija la cuantía de la cuota en 50 euros exactos para los nuevos autonomos que optan por cotizar por la base mínima durant los primeros 6 meses.

2. Mantiene los Incentivos previstos en los autonomos que inician una actividad y, con posterioridad, contrata a trabajadores.

3. Extiende los supuestos de tarifa plana especialmente protegida a las víctimas del terrorismo y de la violencia de género ya las personas con discapacidad, posibilidad de capitalizar hasta el 100% (pago único) de la prestación por desempleo para inversión con independencia de la edad del solicitante.

5. Se podrá realizar també una aportación al capital social de todo tipo de Sociedades mercantiles de nueva creación y utilizar parte del portal capitalización para cubrir los gastos de constitución.

6. Abre la posibilidad de compatibilizar la prestación por desempleo con el alta en el RETA.

7. Y amplía el plaza para la reanudación de la prestación por desempleo ta los 60 meses para los autonomos.

8. Amplía el incentivo previsto para el alta en la afiliación de nuevos familiares colaboradores ta 24 meses.

9. Se Introduce la posibilidad de que los TRADES puedan contratar en los casos de conciliación.

10. Además, se recogi en el título V del Estatuto del Trabajo Autónomo, el resto de incentivos previstos para el autoempleo como la recientemente aprobada bonificación por conciliación de la vida profesional y familiar.

11. Se establece una bonificación de 800 euros / año en el largo de tres años para facilitar la incorporación de socios Trabajadores o de trabajo en las cooperativas y sociedades laborales. En el caso de menores de 30 años (35 para personas con discapacidad) se aumenta la cuantía a 1.650 euros durant el primer año.

12. Se mantienen las bonificaciones de ta 1.650 euros a favor de las empresas de inserción cuando contratar a personas en situación de riesgo de exclusión social.

13. Se favorece el tránsito del empleo protegido a las empresas ordinarias con una bonificación de 1.650 euros en el primer año y de ta 600 euros durant los 3 años siguientes cuando contrata a personas en riesgo de exclusion que provengan de empresas de inserción.

14. Se reconoce a los Centros Especiales de Empleo ya las Empresas de Inserción, así como a cooperativas y sociedades laborales de final social, como Entidades prestadoras de servicios de interés económico general.

15. Se amplian las reservas de participación previstas en los procesos publicos licitación.

 

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.