¿Qué sucede si estando de permiso de maternidad o paternidad finaliza mi contrato de trabajo?

Si mientras estás en maternidad o paternidad finaliza tu contrato, continuarás percibiendo tu prestación económica de maternidad hasta finalizar el plazo de 16 semanas, o paternidad (de 13 días) hasta el alta médica o fin de esa situación, momento en que puedes solicitar la prestación o subsidio por desempleo en los 15 días hábiles siguientes.
La prestación por maternidad o paternidad la abona el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Requisitos:

-Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social en un régimen que contemple la contingencia por desempleo.

-Encontrarse en situación legal de desempleo.

-Estar inscrito y mantener la inscripción como demandante de empleo durante todo el periodo de percepción y suscribir el compromiso de actividad.

-Para acceder a la prestación contributiva hay que cotizar al desempleo al menos 360 días dentro de los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo. Si has cotizado menos, podrás tener derecho al subsidio por desempleo.

-No haber cumplido la edad ordinaria para jubilarse.

-No realizar una actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, salvo compatibilidad establecida por un programa de fomento de empleo.

-No cobrar una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.

El plazo para presentar la solicitud de prestaciones es de 15 días hábiles a partir de finalizar el período de maternidad o de paternidad.

Para más información puede ponerse en contacto con nosotros en infodret@infodret.cat

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