Sanción para los autónomos que paguen en efectivo más de 2.500 euros.

 

Desde Infodret queremos informar que cualquier operación que realice un trabajador autónomo que implique el pago o la recepción de más de 2.500 euros en efectivo es motivo de sanción.

El objetivo de esta medida es poner punto y final a la economía sumergida y a las compras sin IVA, algo muy típico en algunos sectores. Por ejemplo, a la hora de adquirir un vehículo en un concesionario no se podrá abonar más de dicha cantidad en efectivo, aunque si el coche fuese de segunda mano y se comprarse a un particular sí que sería posible.

Aquellos trabajadores por cuenta propia que vulneren la norma estarán expuestos a una sanción que ascendería al 25% del pago hecho en efectivo, mientras que Hacienda tiene la posibilidad de reclamar la multa tanto al vendedor como al comprado, pudiendo decidir que la misma se abone de manera solidaria.

En la Agencia Tributaria son conscientes de lo complicado que resulta descubrir a los empresarios y particulares que se ponen de acuerdo para formalizar cualquier pago a partir de los 2.500 euros, pero existe la figura del delator fiscal, que permitirá denunciar los hechos ante la Agencia Tributaria, exonerando de cualquier responsabilidad a esta persona.

Puede que haya incluso personas interesadas en autoinculparse, sobre todo cuando crean que Hacienda pueda estar investigándole o se encuentren cerca de descubrir el fraude, o simplemente con intención de realizar daño a la otra parte de la operación. Existe un plazo máximo de tres meses desde que se formaliza el pago.

Incluso en la página web de Hacienda existe un espacio para que los ciudadanos puedan poner en conocimiento de las autoridades este tipo de irregularidades.

A la hora de denunciar la Agencia Tributaria pedirá al contribuyente que presente las pertinentes pruebas que demuestren la infracción, además de tener que identificarse.

 

Fuente: Cincodias.com

 

 

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