Se amplia la tarifa plana de 100 Euros por nueva contratación.

Desde Infodret queremos informar tanto a autónomos y empresas que el Consejo de Ministros, ha aprobado durante el mes de diciembre un Real Decreto Ley por el que se prorroga la vigencia de la tarifa plana de 100 euros para la contratación indefinida de nuevos trabajadores hasta el 31 de marzo de 2015

La medida permite que las empresas o autónomos que quieran contratar un nuevo trabajador de forma estable sólo coticen a la Seguridad Social por contingencias comunes 100 euros al mes, durante los primeros 24 meses.

Las empresas de menos de 10 trabajadores, pueden beneficiarse, una vez transcurridos los primeros 24 meses, de 12 meses adicionales de una reducción del 50% de la cuota por dichas contingencias.

Creación de empleo

Las empresas o autónomos que se acogen a esta tarifa plana están obligados a mantener, como mínimo, el nivel de empleo creado con la nueva contratación durante el período de aplicación de la reducción.

Asimismo, tampoco pueden haber realizado despidos disciplinarios o por causas objetivas, declarados improcedentes, o despidos colectivos en los seis meses anteriores a la fecha de celebración del contrato.

Las empresas que no mantengan el nivel de empleo total ni el nivel de empleo indefinido en los tres años siguientes al contrato deberán reintegrar total o parcialmente las cantidades que se han ahorrado.

Si incumplen el primer año, deberán ingresar la totalidad de la reducción, si incumplen el segundo año, deberán ingresar el 50% y si incumplen el tercer año deberán ingresar el 33%.

Además, se exige que la empresa esté al día de sus obligaciones con la Seguridad Social y tributarias, y que no haya sido sancionada por incumplimientos de la legislación social en los últimos dos años. En particular, no podrán beneficiarse las empresas que hayan sido sancionadas por no dar de alta a trabajadores en la Seguridad Social.

La reducción de cotizaciones por contingencias comunes que supone la tarifa plana de 100 euros no es compatible con otras bonificaciones a la Seguridad Social.

Fuente: Ministerio de empleo y Seguridad Social.

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